¿Cuánto tarda en aprobarse el plan de desamiantado?

En el artículo 12.2 del RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, se expone lo siguiente:

“El plazo para resolver y notificar la resolución será de cuarenta y cinco días, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la autoridad laboral competente; si, transcurrido dicho plazo, no se hubiera notificado pronunciamiento expreso, el plan de trabajo se entenderá aprobado. […]”

El plazo de aprobación por la autoridad competente, para un plan de trabajo de desamiantado, es de hasta 45 días hábiles.

Estos 45 días son el plazo máximo, pero en función de la provincia, en ocasiones, se puede tardar menos. El silencio administrativo es positivo.

¿Qué permisos se deben solicitar antes de comenzar un desamiantado?

Antes de comenzar un trabajo de desamiantado es imprescindible contar con autorización de la autoridad laboral competente, la cual se materializa mediante la aprobación del plan de trabajo de desamiantado por dicho organismo.

De forma general, con la aprobación de plan de trabajo es suficiente. No obstante, por las peculiaridades que presenta cada trabajo, en algunos casos se pueden requerir otro tipo de permisos específicos, más allá de lo estrictamente relacionado con el amianto (permiso de ocupación de la vía pública, licencia municipal para el inicio de la obra,…).

¿En qué casos se puede actuar de inmediato, sin necesidad de autorización administrativa específica?

De acuerdo con el artículo 3.2 del RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto:

“[…] siempre que se trate de exposiciones esporádicas de los trabajadores, que la intensidad de dichas expo- siciones sea baja y que los resultados de la evaluación prevista en el artículo 5 indiquen claramente que no se sobrepasará el valor límite de exposición al amianto en el área de la zona de trabajo, los artículos 11 [planes de trabajo] […] no serán de aplicación cuando se trabaje:

  1. En actividades cortas y discontinuas de mantenimiento durante las cuales sólo se trabaje con materiales no friables,
  2. en la retirada sin deterioro de materiales no friables,
  3. en la encapsulación y en el sellado de materiales en buen estado que contengan amianto, siempre que estas operaciones no impliquen riesgo de liberación de fibras, y
  4. en la vigilancia y control del aire y en la toma de muestras para detectar la presencia de amianto en un material determinado.”

Según el RD 396/2006 en ciertos casos muy concretos se puede retirar amianto sin la necesidad de elaborar un plan de trabajo.

No obstante, hay comunidades autónomas con normativa más restrictiva que la estatal en lo relativo a la exposición al amianto, que no permiten en ningún caso los trabajos con exposición al amianto sin la elaboración y aprobación del correspondiente plan de trabajo, o al menos una autorización administrativa, incluso en casos de extrema gravedad.

En cualquier caso, siempre debería ser una empresa especialista en trabajos con materiales que contienen amianto quien valore esta situación y asesore a la propiedad sobre cuál es la forma de proceder.

En situaciones de emergencia, puede ser imprescindible retirar amianto de forma urgente o tomar medidas de contención. Es, por ejemplo, el caso de colapsos de edificios que contengan materiales con amianto, incendios en instalaciones industriales.

Ante estas situaciones se necesita un plan de trabajo general y una autorización previa, pero todos los trámites se simplifican y agilizan porque se tramitan por vía de emergencia, por lo que se puede comenzar a trabajar prácticamente de inmediato.

A este respecto, cabe destacar la peligrosidad de las emergencias en las que se relacionan fuego y amianto. Al entrar ambos en contacto, se desprenden una gran cantidad de fibras de amianto muy rápidamente.

Los servicios de emergencia suelen estar informados sobre cómo deben proceder en su intervención, pero es importante que, además, se avise a los vecinos de la zona, comunidades de propietarios, etc. y se les informe de la situación.

En cuanto a la retirada del amianto, en estos casos, es imprescindible actuar de inmediato, al menos con medidas de contención, tras controlar la situación de emergencia.

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