¿Qué responsabilidades y obligaciones tienen los diversos agentes que intervienen en el proceso de gestión de amianto de acuerdo con la normativa?

Promotor:

Coincide con la figura de productor de residuos peligrosos, ya que éste se define como es el titular de la indus- tria o actividad generadora o importadora de residuos peligrosos. Es el responsable del emplaza-miento y por tanto el dueño de los residuos y de todo lo que suceda en la obra.

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma deberá realizar una investigación previa a cualquier otro trabajo que determine si existen materiales con amianto, y en caso de ser así deberá ocuparse de que se realice un inventario de los Dicho inventario deberá incluirse en el Estudio de Seguridad y Salud (o Estudio Básico de Seguridad y Salud) y en el Estudio de Gestión de Residuos.
  • Deberá prever la retirada selectiva de los residuos de amianto y la correspondiente descontaminación, encargándole dichos trabajos a una empresa especializada en descontaminación de amianto (ver apar- tados 9 y 6.5).
  • Asegurar el envío de los residuos con amianto a gestores autorizados de residuos peligrosos.
  • Suministrar a la empresa que llevará a cabo el desamiantado la información necesaria para la correcta ejecución de sus labores.
  • Proporcionar a las entidades locales información sobre los residuos que les van a entregar.
  • Informar inmediatamente a la administración ambiental competente en caso de desaparición o pérdida de los residuos con amianto.
  • Disponer de la documentación que acredite que los residuos de amianto producidos en sus obras han sido gestionados correctamente.
  • Asegurarse de que los residuos de amianto se etiquetan correctamente.
  • Asegurarse de que el emplazamiento para almacenar los residuos peligrosos esté definido en el estudio de gestión de residuos.
  • Conservar, por un periodo de tiempo no inferior a 5 años, los siguientes documentos (cuando se haya asumido el rol de poseedor de residuos peligrosos):
    • Documento de solicitud del productor de residuos peligrosos
    • Documento de aceptación del gestor donde se enviaron los residuos para su tratamiento.
    • Documento de control y seguimiento (entre el productor y gestor) de haber realizado la gestión de los residuos. Este es el único documento que acredita la gestión de los residuos.

Contratista:

Es el que ejecuta la obra o trabajo en la que, según habrán indicado las pertinentes investigaciones, van a aparecer residuos con amianto.

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • Solicitar al promotor el Estudio de Gestión de Residuos en el caso de no estar incluido en el proyecto. En dicho estudio debería estar incluido el inventario de residuos peligrosos, entre los cuales se encontrará el amianto, en caso de que se hubiese hallado durante la investigación pertinente.
  •  En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma solicitar al promotor que realice una investigación específica que determine si existen materiales con amianto, en caso de que este no la hubiese hecho ya.
  • Informar al promotor si durante el transcurso de los trabajos se descubren materiales con amianto.
  • Comunicar previamente las actividades productoras de residuos. El artículo 35 de la de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, indica que todos los centros de trabajo cuya actividad genere residuos peligrosos están obligados a realizar una comunicación previa al inicio de las actividades de producción de residuos en la comunidad autónoma correspondiente.
  • Aunque el promotor es el dueño del terreno, el contratista al aceptar el trabajo se puede hacer responsable de los residuos si el promotor no posee NIMA. No obstante, lo más correcto sería solicitar por parte del promotor un NIMA para la obra ya que será esta la razón por la que se generen los residuos. Estos NIMAS suelen ser temporales.
  • Constituir una fianza que tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • Llevar un registro de todos los residuos peligrosos producidos y gestionados.
  • Conservar por un periodo de tiempo no inferior a 5 años los siguientes documentos (cuando se haya asumido el rol de poseedor de residuos peligrosos):
    • Documento de solicitud del productor de residuos peligrosos.
    • Documento de aceptación del gestor (intermedio o final) donde se enviaron los residuos para su tratamiento.
    • Documento de control y seguimiento (entre el productor y gestor) de haber realizado la gestión de los residuos. Este es el único documento que acredita la gestión de los residuos.

Especialista en desamiantado:

Es el contratista adjudicatario de la obra (la de desamiantado) y en algunos casos podrá coincidir con la figura de poseedor de residuos peligrosos:

  • Si el promotor o el contratista principal poseen NIMA, serán ellos, preferiblemente el promotor, quienes deban asumir la figura de poseedor de residuos peligrosos.
  • Si ninguno de ellos tiene NIMA, deberá asumir su titularidad la empresa de desamiantado, aunque lo más correcto sería que alguno de los dos últimos hubiesen solicitado un NIMA temporal para la obra.

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • Inertizar los residuos correctamente.
  • Almacenar adecuadamente los residuos, siendo el plazo máximo de almacenamiento temporal de 6 meses, y debiendo éste ser realizado en buenas condiciones y en instalaciones que cumplan con la normativa vigente para el almacenamiento temporal. Aunque si están en una obra, el emplazamiento para almacenar los residuos peligrosos debe estar definido en el estudio de gestión de residuos.
  • Llevar un registro de todos los residuos peligrosos producidos y gestionados.
  • Intentar, en la medida de lo posible, que ningún trabajador está expuesto a una concentración de amianto en el aire superior al valor límite ambiental de exposición diaria establecido en el artículo 4 del RD 396/2006, e instalar paneles de advertencia para indicar que es posible que se sobrepase dicho valor.
  • Realización de una evaluación de riesgos y control del ambiente de trabajo.
  • Asegurar que se adoptan todas las medidas técnicas generales de prevención que se establecen el artículo 6 del RD 396/2006.
  • Adoptar las medidas organizativas que se establecen en el artículo 7 del RD 396/2006.
  • Adoptar las medidas de higiene personal y de protección individual que se establecen en el RD 396/2006 y dotar a los trabajadores de los correspondientes equipos de protección individual de las vías respiratorias.
  • Poner los medios para evitar la dispersión de polvo procedente del amianto o de materiales que lo contengan fuera de los locales o lugares de acción.
  • Asegurar la correcta aplicación de los procedimientos de trabajo y de las medidas preventivas previstas asignando a una persona que cuente con los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarios en estas actividades y con la formación preventiva correspondiente como mínimo a las funciones del nivel básico, la tarea de supervisarlo.
  • Elaborar y tramitar el correspondiente plan de trabajo.
  • Garantizar una formación específica para todos los trabajadores que estén, o puedan estar, expuestos a polvo que contenga amianto, así como cualquier otra formación adicional que se pudiera requerir en función de las características particulares de los trabajos de desamiantado a ejecutar (trabajos en altura, etc.).
  • Informar detalladamente a los trabajadores de todos los aspectos relacionados con el trabajo con amianto. Garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a amianto, realizada por personal sanitario competente.
  • Garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a amianto, realizada por personal sanitario competente.
  • Estar inscrito en el RERA.
  • Establecer y mantener actualizados los archivos de documentación relativos a la ficha de inscripción presentada en el registro de empresas con riesgo por amianto (RERA), los planes de trabajo aprobados, las fichas para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto y las fichas para el registro de datos sobre la vigilancia sanitaria específica de los trabajadores.
  • Disponer del Número de Identificación Medio Ambiental, NIMA, cuando proceda.
  • Constituir una fianza que tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Trabajadores:

Son los operarios que van a llevar a cabo las tareas de desamiantado. Pertenecen a la empresa especialista en amianto.

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • Seguir todas las instrucciones que se les den en lo relacionado con la seguridad y salud.
  • Hacer un uso correcto y apropiado de todos los sistemas de protección individual que se les entreguen, conforme a la formación recibida.
  • Poner en práctica todo lo que se les haya expuesto en la formación recibida para trabajadores con riesgo de exposición al amianto.
  • Mantener la seguridad impidiendo cualquier posible dispersión de fibras, para lo cual deben garantizar que no acceda nadie ajeno a los trabajos de desamiantado al lugar de trabajo.

Transportista de residuos peligrosos:

Es el responsable del transporte desde el lugar de almacenamiento temporal en obra hasta el gestor (intermedio o final).

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • El transportista deberá contar con las autorizaciones pertinentes para el transporte de residuos peligrosos y, en este caso, para transportar amianto según el LER correspondiente.
  • Disponer del documento identificativo desde el origen hasta su recepción en la instalación de destino.
  • Adoptar las medidas precisas para que los vehículos cumplan las correspondientes condiciones reglamentarias y para que los miembros de la tripulación sean informados sobre las características especiales de los vehículos y tengan la formación exigida en la normativa vigente.
  • Se deberá remitir, con 10 días de antelación a la fecha de envío de los residuos de amianto, una notificación de traslado al órgano ambiental de la comunidad autónoma donde se van a mover los residuos, en el caso de que el traslado de residuos sea de una comunidad autónoma a otra, la comunicación se realizará al Ministerio de Medio Ambiente.
  • Cuando se trate de amianto friable, y siempre que proceda, el transporte se deberá hacer según indica el Acuerdo Europeo de transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
  • Constituir una fianza que tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Gestor de residuos peligrosos:

Es el titular autorizado para realizar cualesquiera de las actividades que componen la gestión de los residuos peligrosos, sea o no el productor de los mismos. Puede ser:

  • Gestor intermedio: es el titular de la instalación autorizada a realizar las manipulaciones adecuadas en los residuos, sin poner en peligro la salud y sin utilizar procedimientos y métodos que puedan perjudicar al medio ambiente, para un posterior tratamiento de éstos por un gestor final.
  • Gestor final: es el titular de la instalación autorizada para realizar operaciones de tratamiento de los residuos.

Sus responsabilidades y obligaciones son:

  • Cumplir con las condiciones de almacenamiento.
  • Mantener los residuos peligrosos separados correctamente.
  •  Entregarlos a una entidad o empresa autorizada, cuando proceda, acreditándolo documentalmente.
  • Garantizar la trazabilidad de los residuos durante todo el proceso de gestión.
  • Constituir una fianza con la que podrá responder frente a la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación.
  • Suscribir un seguro o constituir una garantía financiera equivalente para cubrir las responsabilidades que deriven de estas operaciones de gestión de los residuos de amianto.
  • Disponer del Número de Identificación Medio Ambiental, NIMA, cuando corresponda.
  • Constituir una fianza que tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Enlaces:

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