¿Cuáles son las gestiones administrativas que se deben realizar?

Las operaciones de gestión de residuos requieren una autorización previa por parte de la administración, además de otros procedimientos que se plasman a continuación:

Existe un permiso diferenciado para la gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, expedida por la administración de la comunidad autónoma correspondiente. El siguiente paso es gestionar el aval de residuos, que basará su presupuesto en el presupuesto del EGR. En este caso, la finalidad de esta gestión es dar la garantía económica que salvaguarda la gestión adecuada de los RCD.

El último paso es la fianza para las actividades de gestión de residuos no peligrosos. Se debe hacer un trámite con la administración pertinente de la comunidad autónoma para el retorno de la fianza, habitualmente a través de un formulario telemático.

¿Qué deben contener el Estudio y el Plan de Gestión de Residuos?

Tal y como se ha indicado en los puntos 4.6 y 4.7, el Estudio de Gestión de Residuos es la documentación previa al PGR. Hay datos informativos que coinciden en ambos casos, pero, la diferencia es el enfoque de los datos que se aportan, debido a que pertenecen a etapas diferentes:

Datos comunes:

Los agentes que intervienen, la normativa y legislación que se aplica, así como los datos generales de la empresa y responsables de la gestión de residuos. Luego, le diguen los datos propios de EGR y PGR.

¿Qué traslados de los residuos se hacen entre comunidades autónomas?

Este tipo de traslado de los residuos suele hacerse cuando en la comunidad en la que se generan en un principio no existen las vías de gestión adecuadas para el residuo, siempre y cuando se vayan a valorizar.

Tal y como ya se adelantaba en el punto 10.3.3 de esta Guía, existe el procedimiento e-SIR para el traslado de residuos que pertenece al MITERD. En el caso del traslado intraterritorial sí que hay variaciones entre comunidades, dependiendo de si cuentan con una plataforma propia o no, pero para el traslado de residuos entre comunidades autónomas sí que dependen todas ellas directamente del e-SIR.

Hay que indicar que, en general, si el traslado es de un residuo no peligroso, no hace falta realizar una notificación previa a través del e-SIR –aunque existen excepciones- y se utiliza únicamente el DI (documento de identificación).

En el caso de un traslado de residuos peligrosos, es necesario realizar una notificación previa con su posterior documento de seguimiento.

Enlaces:

Accede a la publicación completa en:


Ayúdanos a mejorar

Si tienes una sugerencia sobre este contenido, detectas cualquier errata o simplemente nos quieres hacer llegar comentarios o propuestas, puedes usar el siguiente formulario para contactar con AEDED.