Requisitos generales
4. Recursos humanos
4.1. Organigrama
La empresa habrá de contar con un organigrama claramente definido, en el que consten al menos la persona o personas responsables de las siguientes funciones:
- directivo de empresa
- responsable de obra y técnico de ejecución
- delegado de prevención
- especialista en demolición
4.2. Formación
La formación de los trabajadores de la empresa deberá realizarse y acreditarse conforme a lo dispuesto en el Convenio colectivo del sector de construcción.
En especial, la formación de los especialistas en la labor de demolición en materia de prevención deberá impartirse según lo dispuesto en el itinerario formativo elaborado por AEDED.
La información general y el temario del itinerario formativo de los trabajadores de este oficio estarán publicados, en su versión más actualizada, en:
4.3. Seguridad de los trabajadores
La empresa, a través de los trabajadores designados, deberá conocer y cumplir la legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales, en las diferentes fases del trabajo de demolición.
Además de las obligaciones legales existentes en materia de vigilancia de la salud, la empresa deberá custodiar durante al menos tres años los justificantes de formación de los trabajadores.
5. Recursos materiales
5.1 Infraestructura
La empresa deberá disponer de un inventario de la maquinaria y equipos especiales que son empleados en cada trabajo de demolición. No es preciso contemplar en dicho inventario las herramientas manuales.
Dicho inventario deberá estar a disposición de los trabajadores en todo momento.
Además, en el lugar de trabajo deberá disponerse de:
- Manual de uso de las máquinas empleadas
- Marcado CE de las máquinas empleadas
- Instrucciones para las operaciones de mantenimiento necesarias
Según el tipo de trabajo a realizar, se dispondrá de los equipos especiales que sean necesarios, informando a los trabajadores sobre su uso correcto y seguro. Dichos equipos especiales deberán ser verificados al menos al inicio y a la finalización de cada trabajo, o con la frecuencia que indique el fabricante.
5.2. Vehículos
Los vehículos utilizados por los trabajadores de la empresa deberán cumplir la legislación vigente en materia de inspecciones técnicas reglamentarias.
Se deberá mantener un registro de dichas inspecciones e informar a los trabajadores que los usen del estado de las mismas.
5.3. Equipos y sistemas de medición
Cuando la empresa emplee equipos o sistemas de medición, por necesidades del trabajo o del cliente, deberá tomar las medidas necesarias para asegurarse del correcto funcionamiento de los mismos.
Entre estas medidas, debe realizarse de forma periódica el calibrado o verificación externa de los equipos o sistemas empleados que lo precisen.
6. Relación con el cliente
6.1. Solicitud del cliente
La empresa deberá recabar la información del trabajo solicitado por el cliente, plasmándola en un documento de oferta o presupuesto.
AEDED recomienda que toda oferta para trabajos de demolición esté basada en un estudio del trabajo a realizar.
Según lo descrito en el marco legislativo vigente, es responsabilidad del propietario la realización de dicho estudio previo. Además, si se trata de una obra de demolición existe obligación legal de que el propietario disponga de un proyecto de demolición, realizado por un técnico competente y visado por su correspondiente colegio profesional.
La oferta o presupuesto deberá hacer constar las especificaciones básicas del trabajo a realizar, y para su aprobación deberá aceptarse por parte del cliente mediante un reconocimiento por escrito de la misma.
La empresa de demolición no será responsable de ninguna otra partida de trabajo o especificación técnica no descrita en la oferta o presupuesto.
Del mismo modo, la empresa de demolición no será responsable de la ejecución de otros trabajos, no identificados previamente, y para la ejecución de los mismos será necesaria una oferta complementaria.
6.2. Identificación de la empresa y sus trabajadores
La empresa que realice las labores de demolición, deberá aportar al cliente la documentación de la empresa que sea oportuna.
No podrá ser exigida a la empresa de demolición la documentación que ya consta como requisito legal para la obtención del certificado de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA).
Del mismo modo, el certificado de acreditación de la empresa para la realización de trabajos de demolición incluirá un listado de la documentación que ya ha sido revisada y verificada, para reducir en la medida de lo posible el volumen de documentos a tramitar.
La empresa que realiza el trabajo de demolición aportará al cliente la documentación de los trabajadores que sea legalmente exigible, conforme al marco normativo vigente.
No podrá ser exigida a la empresa de demolición la documentación que refleje datos personales de los trabajadores, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Además, la empresa de demolición deberá conservar en archivo la documentación que proceda, según lo dispuesto en el marco normativo vigente.
6.3. Garantía del servicio
La garantía del servicio estará descrita de forma clara y específica en el presupuesto o en el contrato suscrito entre las partes.
No podrá exigirse a la empresa de demolición ninguna garantía o responsabilidad que no esté descrita de forma específica en el presupuesto o en el contrato.
En especial, la empresa de demolición no será responsable de ningún incidente derivado de las acciones sobre los residuos realizadas por personal ajeno a la empresa.
7. Control de la producción
7.1. Planificación de la producción
La empresa de demolición se encargará de realizar su propia planificación de producción.
Siempre deberá elaborar un plan de ejecución del trabajo y un plan de prevención de los riesgos laborales asociados, en el que estén claramente identificadas las etapas del trabajo, los trabajadores que intervienen, los equipos de trabajo a emplear y los medios de protección correspondientes, tanto individuales como colectivos.
Cuando proceda, por exigencias legales o por concurrencia de actividades, la empresa de demolición aportará dicha planificación al cliente.
La empresa de demolición no entregará el plan de trabajo hasta que la oferta o contrato hayan sido aprobados formalmente por el cliente, conforme a lo descrito en el apartado de “Solicitud del cliente”,
En el caso de que la planificación de la producción establecida no se cumpla por causas ajenas a la empresa de demolición, derivadas del cliente o de otros trabajos ajenos a la empresa de demolición, podrán aplicarse las penalizaciones que hayan sido establecidas por contrato.
7.2. Revisión del trabajo realizado
La empresa de demolición llevará a cabo una revisión del trabajo realizado, según lo establecido en el contrato y las disposiciones legales vigentes, antes de la entrega al cliente.
Si fuese oportuno, el cliente podrá realizar una verificación del trabajo realizado, en el plazo que se estipule en el contrato de las partes.
Pasado el plazo establecido en el contrato, aunque el cliente no realice una revisión del trabajos ejecutado, se considerará recibido de conformidad.
7.3. Entrega al cliente
Una vez finalizado el trabajo, la empresa de demolición hará entrega del mismo al cliente, según lo establecido en el contrato.
Una vez entregado el trabajo, la empresa de demolición no será responsable de ninguna reclamación o garantía, salvo lo establecido en el propio contrato como se indica en el apartado “Garantía del servicio”.